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lunes, 20 de febrero de 2017

5 bonificaciones para autonomos en 2017

Si trabajas como autónomo te interesará esta información con las ayudas y bonificaciones que puedes solicitar durante este 2017.

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1.- Dirigida a los trabajadores que causen alta inicial en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o que no hayan estado de alta en los cinco años inmediatamente anteriores en el mismo. Se producirá una reducción de la cuota por contingencias comunes, que durante seis meses será de 50 euros.
2.- Los menores de 30 años y las mujeres de menos de 35 años son otros de los grupos que también se pueden beneficiar de su ingreso en el RETA. La administración establece que, en paralelo a las reducciones y bonificaciones previstas con carácter general, puedan beneficiarse de una bonificación adicional equivalente al 30% sobre la cuota por contingencias comunes. Esta ayuda se extenderá durante los 12 meses siguientes a la finalización del periodo de bonificación previsto con carácter general.
3,- Trabajadores con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, aquellos que hayan registrado una discapacidad igual o superior al 33% verán reducida su cuota por contingencias comunes a 50 euros durante los doce meses siguientes a la alta. Transcurrido este tiempo podrá aplicarse una bonificación del 50% sobre la cuota por contingencias comunes durante 48 meses, hasta completar un periodo máximo de cinco años desde la fecha de efectos del alta.
4.- Trabajadores autónomos que se encuentren de baja por maternidad o paternidad podrán beneficiarse de una bonificación del 100% de la cuota. Esta cantidad será la resultante de aplicación sobre la base mínima o fija que corresponda al tipo de cotización establecido como obligatorio durante la sustitución.
5.- Las nuevas altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos también cuentan con una bonificación durante 2017. Esta será del 50% de la cuota a pagar durante 18 meses. A su vez, en los seis meses siguientes se establece una ayuda del 25% de bonificación. La misma se ha de aplicar sobre la base mínima el tipo correspondiente de cotización vigente.
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Fuente: EFE Empresas 

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