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martes, 21 de febrero de 2017

15000€ por publicar foto de Facebook sin persmiso

El Supremo ha condenado a "La Opinión de Zamora" a indemnizar con 15.000 euros a un hombre cuya fotografía obtenida de su cuenta de Facebook fue publicada en portada, en su edición en papel, para ilustrar una noticia sobre un suceso del que era protagonista. 

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El tribunal considera que el diario dañó la imagen del afectado.


El Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que publicar en un periódico la fotografía de una persona sacada de su cuenta de Facebook exige su consentimiento expreso, ya que lo contrario supone una intromisión ilegítima en su derecho a la propia imagen.

Se trataba un reportaje informando de que el demandante había sido herido por su hermano con un arma de fuego. Además, contaba que el autor del disparo se había suicidado.

La noticia, publicada por "La Opinión-El Correo de Zamora" el 8 de julio de 2013, contenía datos que permitían identificar al demandante. 

"Que en la cuenta abierta en una red social en Internet, el titular del perfil haya "subido" una fotografía suya que sea accesible al público en general, no autoriza a un tercero a reproducirla en un medio de comunicación sin el consentimiento del titular", dice la sentencia.

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Agrega que "el consentimiento del titular de la imagen para que el público en general, o un determinado número de personas, pueda ver su fotografía en un blog o en una cuenta abierta en la web de una red social no conlleva la autorización para hacer uso de esa fotografía y publicarla o divulgarla de una forma distinta".

El diario es condenado a no volver a publicar la foto en ningún soporte y a retirarla de cuantos ejemplares se hallen en sus archivos.

En cuanto al derecho a la intimidad, el Supremo valora que el diario no incurrió "en ninguna extralimitación morbosa".


Efe


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