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miércoles, 22 de febrero de 2017

España viola la legislación con el Impuesto de Sucesiones según Tribunal Justicia UE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha determinado en una sentencia que el impuesto sobre sucesiones y donaciones en España viola la legislación comunitaria al establecer una diferencia de trato entre los residentes y no residentes a la hora de aplicar reducciones fiscales.

Mundo, Europa, Mapa, Conexiones, Red


El fallo condena en costas a España y responde a un recurso interpuesto en marzo de 2012 por la Comisión Europea (CE) por considerar que algunos aspectos de la legislación estatal del impuesto de donaciones y sucesiones eran incompatibles con el Tratado de Funcionamiento de la UE en cuanto a la libre circulación de personas y de capitales y con el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
El Tribunal de Justicia acepta las alegaciones de España en los relativo a la libre circulación de personas, porque la CE no ha demostrado de qué manera la legislación española puede afectar a dicha libertad, pero confirma que ésta “constituye una restricción de la libre circulación de capitales“.

Hacienda analiza la sentencia


Fuentes del Ministerio de Hacienda han señalado a RTVE.es que están “analizando la sentencia” y que es pronto para avanzar futuras actuaciones, aunque se baraja la posibilidad de pedir un informe técnico a la Abogacía del Estado.
Tras la sentencia, el presidente del sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha), Carlos Cruzado, ha apuntado a RTVE.es “lo más razonable sería aprovechar para modificar la ley de sucesiones y donaciones en su conjunto“.
Añade que la competencia entre comunidades autónomas ha llevado a “diferencias muy altas” entre residentes en diferentes territorios y que una “nueva regulación estatal” debería eliminar las discriminaciones, como recomendó en su día el comité de expertos en su informe sobre la reforma fiscal.

Impuesto cedido a las Comunidades Autónomas


En España, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un impuesto estatal, aplicable en todo el territorio nacional, salvo en el País Vasco y de Navarra, que tienen su propio régimen fiscal, pero está cedido a las Comunidades Autónomas, que pueden aprobar normas propias, que complementen o sustituyan a las estatales.
Las normas de las CC.AA. sólo pueden afectar a los elementos de la liquidación del impuesto, posteriores a la determinación de la base imponible. La CE mantiene que las autonomías pueden establecer diversas reducciones fiscales, que se aplican únicamente en caso de conexión exclusiva con su territorio.
Por ende, la sucesión o la donación en la que intervenga una persona no residente en el territorio español, o que tenga por objeto un bien inmueble situado fuera del territorio español, no puede beneficiarse de esas reducciones fiscales. Según la Comisión, esta diferencia de trato es contraria a la libre circulación de personas y de capitales.
Dado que todas las comunidades han ejercido su competencia al respecto, la CE sostiene que la carga fiscal soportada por el contribuyente residente en ellas es considerablemente inferior a la impuesta por la legislación estatal. Esta solo se aplica en los supuestos de obligación real de contribuir (la derivada de la adquisición de bienes y derechos) y en los casos en que las CC.AA. no tengan o no hayan ejercido sus competencias.
Según la Comisión, la discriminación se produce cuando el fallecido o donante, el heredero o donatario no sean residentes en territorio español y cuando se trate de donaciones en las que los bienes inmuebles objeto de transmisión estén situados en el extranjero, con independencia del lugar de residencia del sujeto pasivo.

Restricción a la libre circulación de capitales


El Tribunal de la UE afirma que, “al no poder gozar de los citados beneficios fiscales, el valor de esa sucesión o esa donación se reducirá” y que “dicha reducción constituye una restricción de la libre circulación de capitales“.
Recuerda además que también constituyen medidas prohibidas, por ser contrarias a la libre circulación de capitales, las que pueden disuadir a los no residentes de realizar inversiones en un Estado miembro o de mantener tales inversiones.
En el caso español, la Corte considera que no existe ninguna diferencia entre la situación objetiva de un residente y la de un no residente que pueda sustentar una diferencia de trato, toda diferencia de trato relativa a las reducciones dará lugar a una discriminación.
El tribunal no acepta los argumentos de España relativos a la persecución del objetivo legítimo de garantizar la eficacia de los controles fiscales y la lucha contra la evasión fiscal dentro del Espacio Económico Europeo, porque no se ha demostrado cómo el hecho de que no haya un acuerdo de asistencia mutua en ese sentido podría justificar la legislación atacada por la CE.
Tumba, Cementerio, Rip, Piedra Sepulcral
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jueves, 16 de febrero de 2017

Las bolsas de plastico se cobraran a partir de 2018

Naranjas, Las Manzanas, Frutas, Frutería

Las bolsas de plástico que se entregan en las tiendas dejarán de ser gratuitas a partir del 1 de enero del próximo año.

Proyecto de Real Decreto que prepara el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y que puede consultarse en su web.


¿Qué propone exactamente el Gobierno? 

El proyecto estipula que, a partir del 1 de enero de 2018, se prohíbe entregar gratuitamente bolsas de plástico a los consumidores. Los comerciantes deberán cobrar un mínimo de 5 céntimos y un máximo de 30, en función del espesor de la bolsa y del uso que proporcione al consumidor. El precio de las bolsas compostables oscilará de 5 a 10 céntimos de euro. El de las bolsas no compostables de 10 a 15 céntimos en función de si su espesor es 15 o 30 micras. Y las bolsas oxo-degradables de al menos 50 micras costarán 30 céntimos, el máximo fijado por el decreto. 


¿Pero no se está cobrando ya las bolsas? 

La mayoría de las distribuidoras ya están cobrando de un céntimo a cinco céntimos. Pero el decreto del Gobierno quiere generalizar el cobro de las bolsas a todas las tiendas y elevar el precio que actualmente se cobra por ellas. Si un comercio no cobrase por la bolsa a partir de enero, podría ser multado según lo dispuesto en la Ley de Residuos y en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. ¿Hay alguna excepción? Sí. Podrán entregarse gratis las bolsas de menos de 15 micras que sean necesarias por razones de higiene o se usen para envasar alimentos a granel y previenen el desperdicio alimentario. Además, el texto recoge que desde el 1 de enero de 2018 se prohíbe comercializar las llamadas bolsas "oxo-degradables". 

Personas Sin Hogar, Local, Islandia

¿Y por qué desde el 1 de enero de 2018?

Bruselas establece que los Estados miembros deberán adoptar, al menos, una de las siguientes medidas: o bien limitar el consumo anual a 90 bolsas por persona al comenzar el año 2020 y a 40 bolsas desde 2021; o bien garantizar que no sean gratuitas, a más tardar, el 31 de diciembre de 2018. Esta última medida es la que el Gobierno quiere implantar desde enero, un año antes del plazo.

¿Qué ha hecho el resto de los países europeos? 


Como no existe una doctrina unificada cada país ha tomado sus propias iniciativas para reducir las 100.000 millones de bolsas de plástico que se consumen cada año en el espacio comunitario. 
Francia prohibió en junio del año pasado la entrega de bolsas ligeras no biodegradables y solo permite ya bolsas de plástico con más de 50 micras de grosor (que se reciclan mejor), las reutilizables y las fabricadas con derivados de maíz o la soja. 
Irlanda tomó medidas en 2002 que redujo un 95% (de 328 a 18) el número de bolsas utilizadas por persona. 
Reino Unido y Holanda introdujeron impuestos para gravar su uso. 

¿Y cómo se compara España con ellos? 


Los españoles no son los europeos que utilizan más bolsas de plástico. 
Según los últimos datos que maneja el ministerio, los españoles utilizaron en 2014 una media de 144 bolsas cada año. 
Una cifra que se sitúa por debajo de la media comunitaria (198 bolsas), pero en todo caso por encima de la cantidad que Bruselas se plantea como objetivo, esas 90 bolsas por persona y año antes de acabar el año 2019.

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/2961809/0/bolsas-de-plastico-cobro-obligatorio-desde-2018/?utm_source=Facebook-20minutos&utm_medium=Social&utm_campaign=Postlink#xtor=AD-15&xts=467263

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